Logra Silvano Aureoles suspensión provisional contra cualquier nueva orden de captura
Por Redacción:
Ciudad de México.- Un juzgado federal concedió a Silvano Aureoles Conejo, exgobernador de Michoacán, una suspensión provisional que lo protege contra cualquier nueva orden de aprehensión, detención o comparecencia en su contra. La resolución proviene del Juzgado Noveno de Distrito en Materia Penal, con sede en la CDMX, e impone una garantía de 100 mil pesos que el quejoso deberá cubrir en un plazo de cinco días a partir de su notificación.
De acuerdo con los reportes, la medida no se refiere a la orden de captura ya conocida por el presunto desfalco en la compra de siete cuarteles de la Guardia Civil de Michoacán; se limita a nuevos mandamientos que pudieran girarse. La demanda de garantías fue presentada el 14 de agosto y admitida al día siguiente.
Alcance de la suspensión. La jueza Jovita Vargas Alarcón precisó que, aun cuando los delitos imputados ameriten prisión preventiva oficiosa o justificada, la persona quejosa no podrá ser privada de su libertad durante la vigencia de la suspensión. Este criterio fue recogido por diversos medios con base en el acuerdo judicial.
Fechas de audiencias (lo que se sabe hasta ahora). Existen dos hitos procesales distintos reportados por la prensa:
- Audiencia para decidir la suspensión definitiva del amparo el 22 de agosto de 2025.
- Audiencia de formulación de imputación ante juzgado de control en el Reclusorio Oriente (medios han consignado distintas fechas cercanas: 20, 22 o 30 de agosto). Dicha imputación deriva de la causa por peculado, operaciones con recursos de procedencia ilícita, asociación delictuosa y administración fraudulenta.
Contexto del caso.
- En marzo de 2025, se informó sobre una orden de aprehensión contra Aureoles y excolaboradores por el presunto daño patrimonial de 3,412 millones de pesos relacionado con la compra a sobreprecio de siete cuarteles; la orden fue librada por la jueza de control Patricia Sánchez Nava, del Centro de Justicia Penal Federal en el Reclusorio Oriente.
- En junio de 2025, la misma jueza de Distrito negó un amparo contra esa orden al estimar que estaba fundada y motivada; dicho antecedente permanece en revisión ante un tribunal colegiado.
La nueva suspensión impide la ejecución de nuevos mandamientos de detención mientras se resuelve el fondo del juicio de amparo; no cancela la causa penal de origen ni equivale a una absolución. La Fiscalía y demás autoridades deberán rendir informes justificados ante el Juzgado Noveno antes de que se decida si la medida cautelar se vuelve definitiva.