SCJN resuelve que indemnizaciones por muerte o incapacidad se calculen con UMAs y no con salario mínimo

Ciudad De México, 14 de abril de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este martes que la Unidad de Medida y Actualización (UMA) debe prevalecer sobre el salario mínimo como método para cuantificar las indemnizaciones civiles por muerte o incapacidad. La determinación se tomó durante la sesión del pleno, donde se discutió la contradicción de criterios 59/2025, la cual había sido pospuesta en tres ocasiones.

La resolución se aprobó por seis votos contra tres, a favor del proyecto presentado por la ministra Lenia Batres. Votaron a favor de fijar la UMA como criterio único los ministros Hugo Aguilar, Lenia Batres, Sara Herrerías, Estela Ríos, Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero. En contra de que existiera una contradicción de criterios y, por ende, en oposición a establecer la UMA como método obligatorio, votaron las ministras Loretta Ortiz y Yasmin Esquivel, así como el ministro Irving Espinosa.

La ministra Batres planteó que la extinta Segunda Sala asumió como base para calcular la indemnización la UMA, mientras que la Primera Sala sostuvo que debía utilizarse el salario mínimo. Al defender su proyecto, la ministra afirmó que “la cuantificación de la indemnización con base en la UMA no implica un menoscabo o retroceso en el derecho a la justa indemnización”, agregando que se atiende a la naturaleza civil del asunto, cuyo fin es “reparar un daño patrimonial y no una cuestión de carácter laboral”. Batres calificó la determinación como un “mandato constitucional”.

Por su parte, la ministra María Estela Ríos expresó su apoyo a la contradicción de criterios al señalar que subyace una misma cuestión jurídica: la determinación del parámetro válido para cuantificar la indemnización por muerte conforme al artículo 1915 del Código Civil para el Distrito Federal. En contraste, la ministra Loretta Ortiz declaró no compartir el apartado de existencia, al considerar que el aparente punto de choque deriva de diferencias normativas analizadas por cada Sala. Las ministras Yasmín Esquivel e Irving Espinosa también se pronunciaron por la inexistencia de la contradicción, argumentando que los preceptos correspondían a elementos diversos para efectuar el cálculo.

Esta decisión tendrá implicaciones inmediatas en los montos de las reparaciones. De acuerdo con lo resuelto, el pago por indemnización por muerte, que bajo el criterio de salarios mínimos ascendía a más de 1.5 millones de pesos, ahora no podrá rebasar los 585 mil pesos. Cabe señalar que en noviembre pasado, la presidenta Claudia Sheinbaum cuestionó el proyecto, señalando que los ministros no legislan, sino que generan jurisprudencia.

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