Estudio histórico determina que el Estado español es el heredero legítimo del cargamento del navío ‘Oriflame’

Ciudad De México, 17 de junio de 2026.- Un estudio histórico y legal titulado ‘El navío Oriflame: un tesoro cultural hundido frente a las costas de Chile’, elaborado por Vicente Ruiz García, asesor de la Cátedra de Historia y Patrimonio Naval, concluye que el cargamento del navío español ‘Oriflame’, hundido en 1770, pertenecía a la Real Hacienda de la monarquía de Carlos III de España.

Según el experto, “no existe ninguna evidencia para que terceros puedan reclamar este cargamento”. Ruiz García afirma que “el heredero legítimo del tesoro hundido y de la mayor y más preciada carga del pecio naufragado en la región de Maule (Chile) sería, en caso de rescate, el Estado español”.

El navío, originalmente francés de 54 cañones botado en Tolón en 1744 y participante en la batalla de Cartagena de Levante en 1758, fue capturado por los ingleses en 1761. Posteriormente, el comerciante José Villanueva y Pico lo adquirió en Gibraltar para convertirlo en un mercante de la Carrera de Indias, rebautizándolo como ‘Nuestra Señora del Buen Consejo y San Leopoldo’, aunque conservó el alias de ‘Oriflame’.

Tras realizar un primer viaje comercial en 1763 y ser adquirido en 1765 por la casa comercial Uztáriz Hermanos y Compañía, la embarcación zarpó el 18 de febrero de 1770 desde Cádiz con destino al Callao, en el virreinato del Perú, bajo el mando del capitán Joseph Antonio de Alzaga. A bordo viajaban 176 personas entre tripulación y pasaje, quienes fallecieron en la catástrofe frente a las costas de Chile.

La nave transportaba 1.478 cajones de cristalería procedentes de la Real Fábrica de la Granja de San Ildefonso de Segovia, además de joyas y otros objetos valiosos. Las cajas nunca fueron recuperadas. En 2005, una empresa cazatesoros anunció haber localizado el lugar del hundimiento e intentó extraer la carga, pero la justicia chilena se lo denegó.

Aunque el estudio establece la propiedad estatal española sobre la carga, Vicente Ruiz García también admite que el “pecio pertenece a la Humanidad”. La investigación distingue que, según el artículo 32 de la Convención de la Unesco, los barcos de guerra hundidos son de los Estados, mientras que los comerciales no necesariamente lo son, aunque en este caso la carga era propiedad real.

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