TEPJF concluye que AMLO violó leyes electorales en sus “mañaneras”

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó por unanimidad que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó las leyes electorales durante sus “mañaneras” de los días 9 y 11 de mayo de 2023.

Los magistrados señalaron en su resolución que el mandatario incurrió en uso indebido de programas sociales, coacción al voto, promoción personalizada y difusión de propaganda gubernamental en un periodo prohibido.

Con esto, el presidente vulneró los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda.

En esas “mañaneras“, López Obrador hizo un llamado explícito a votar por los candidatos que apoyan su proyecto de transformación y mencionó específicamente el ‘Plan C‘ para impulsar la aprobación de reformas constitucionales propuestas por su administración.

Según el Pleno, las manifestaciones de AMLO sí tuvieron un impacto electoral, pues de trató de llamados a votar en favor de una opción política y en contra de otra, con lo cual, pretendió influir en las preferencias de la ciudadanía.

De acuerdo con Sala Especializada del Tribunal, otros funcionarios de la 4T que también “vulneraron los principios constitucionales” fueron Claudia Sheinbaum, entonces jefa de gobierno de la CDMX; Jesús Ramírez Cuevas, coordinador de Comunicación Social y vocero de la Presidencia de la República; Sigfrido Barjau de la Rosa, titular del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie); Jenaro Villamil, entonces presidente del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano (SPR); Jessica Ramírez, directora general de Comunicación Digital y Pedro Daniel Ramírez Pérez, jefe de departamento adscrito a la citada Coordinación.

“Estas personas servidoras públicas, también incurrieron en uso indebido de recursos públicos, porque son las responsables de la transmisión y difusión de las “Mañaneras” y emplearon recursos humanos y materiales para ello”, se lee en la resolución.

Sin embargo, las violaciones identificadas por el TEPJF no conllevan sanción debido a que la legislación actual impide castigar al titular del Poder Ejecutivo por tales faltas.

“El Presidente de la República no puede ser sancionado por infracciones de índole electoral, únicamente se declara su responsabilidad, de acuerdo con criterios emitidos por la Sala Superior de este tribunal”, detallan.

En el caso de Sheinbaum Pardo, se dio vista al Congreso de la Ciudad de México para que determine lo que en derecho corresponda; en del Villamil Rodríguez, al Órgano interno de Control del SPR y en el caso del resto de las personas servidoras públicas, al Órgano Interno de Control de la Presidencia de la República.

Ante  las resoluciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), donde señalan que coaccionó el voto en dos mañaneras y que cometió violencia política de género en contra de Xóchitl Gálvez, el presidente Andrés Manuel López Obrador señaló en su conferencia del viernes que son “sin fundamento”.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *